viernes, 4 de mayo de 2012

SEGUROS MULTIPLICA LAS SANCIONES EN LA NUEVA LEY DE SUPERVISIÓN


La Dirección General de Seguros (DGS) saca la fusta. El supervisor va a dar una dura vuelta de tuerca a las multas y sanciones que puede llegar a imponer en caso de infracción.
El borrador de la Ley de Supervisión de Seguros Privados (LSSP) identifica la lista de sujetos que pueden verse afectados. Por un lado, fija un régimen de penalizaciones para aseguradoras y reaseguradoras. Y por otro, establece castigos para los accionistas, los liquidadores de una sociedad y las cabeceras de los conglomerados financieros.
La DGS ha modificado poco los motivos que generan una sanción. Como en la norma anterior, estos suelen estar relacionados con temas como la solvencia de la compañía, la fiabilidad de sus cuentas, la obediencia al supervisor, la gestión de riesgos o las medidas de control interno. Igualmente, las infracciones siguen catalogadas como muy graves, graves y leves. Donde se producen las novedades es en la magnitud de las sanciones pecuniarias y el alcance de las amonestaciones.

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