Las compañías de seguros en Perú no podrán impedir la renovación de una póliza de seguro por causa de la edad de una persona, señala la norma que establece medidas de protección y supervisión de las condiciones generales de las pólizas de seguro médico, de salud o de asistencia médica (Ley N° 29878), publicada hoy.
La Ley N° 29878, que modifica la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de las Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), Ley N° 26702, establece que toda persona tiene derecho a renovar su póliza de seguro médico, de salud o de asistencia médica, salvo las excepciones previstas en la ley.
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